Por unanimidad, la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto emitió dictamen que contiene Disposición Transitoria para Facilitar la Presentación y Pago del Impuesto sobre la Renta, el Anticipo a Cuenta del Impuesto sobre la Renta y Dictamen Fiscal -correspondientes al ejercicio fiscal 2019-, en el Marco de la Emergencia por COVID-19. Con ello, los contribuyentes podrían tener hasta el 30 de junio de 2020, para efectuar los pagos antes descritos, sin causar ninguna multa.
Los medianos contribuyentes podrán solicitar pagos a plazos hasta en un máximo de siete cuotas y serán exentas del pago de intereses, recargos y multas, y para los grandes contribuyentes serían pagos hasta de cuatro cuotas bajo las mismas condiciones, según la iniciativa avalada. En el mes de junio deberá efectuarse la primera cuota del 10% del impuesto liquidado.
La medida busca apoyar a todos los contribuyentes, personas naturales o jurídicas, que se han visto afectadas económicamente por el estado de emergencia a causa del COVID-19; de acuerdo a la moción, de estos beneficios quedan excluidos los sujetos cuya actividad económica haya sido autorizada -ya sea mediante decretos Legislativos o Ejecutivos- para funcionamiento durante la emergencia, este apartado será consultado con los funcionarios respectivos, previo a someterlo a votación del Pleno, el próximo jueves.