
Las sanciones e infracciones por el incumplimiento de la referida ley se clasificarán en leves, graves y muy graves; las cuales serán castigadas con penas económicas que van desde uno a tres salarios mínimos; de 4 a 6 y de 7 a 9, respectivamente.
En una intensa jornada de trabajo, los diputados de la Comisión de la Familia, Niñez, Adolescencia, Adulto Mayor y Persona con Discapacidad continuaron con el análisis del proyecto de Ley de Inclusión de la Persona con Discapacidad, y en ese marco, avalaron por unanimidad el capítulo que trata sobre los procesos sancionatorios al incumplir la normativa.
En la totalidad de los artículos analizados y avalados se define una visión integral, así como derechos económicos, sociales, salud, educación inclusiva, culturales y políticos de este de este segmento de la poblacion. Asimismo, se establecen sanciones e infracciones a quien impida el abordaje al transporte colectivo de pasajeros, así como a quien obligue a una persona discapacitada a contar con asistencia cuando no sea requerida, o cobrar acceso a monumentos, museos, centros deportivos, entre otras.
Los legisladores aprobaron que las sanciones e infracciones por el incumplimiento de la referida ley se clasifiquen en leves, graves y muy graves; las cuales serán castigadas con penas económicas que van desde uno a tres salarios mínimos; de 4 a 6 y de 7 a 9, respectivamente.
El expediente que contiene el anteproyecto de Ley de Inclusión de las Personas con Discapacidad en análisis también tiene a la base 18 iniciativas más relativas al tema.