Plazos procesales en los procedimientos administrativos y judiciales continuarán suspendidos hasta el 19 de junio próximo. Se exceptúa de la medida a las unidades de acceso e información pública y el Instituto de Acceso a la Información pública.
La Asamblea Legislativa con 68 votos prorrogó los efectos del Decreto Legislativo 649, emitido el 31 de mayo con vigencia de 10 días, el cual contiene la suspensión de los términos y plazos procesales en los procedimientos administrativos y judiciales, cualquiera que sea la materia y la instancia en la que se encuentren; la disposición tendrá una vigencia del 11 al 19 de junio.
Únicamente se excluyen de esta disposición, los plazos previstos por la Constitución de la República para la detención administrativa, el término de inquirir y consecuentemente, las audiencias derivadas de este último; así como lo relativo a las medidas de protección en materia de violencia intrafamiliar; además de las unidades de acceso e información pública y el Instituto de Acceso a la Información pública.
Entre las razones manejadas en el respectivo decreto es que la actual situación climática, generada por la tormenta Tropical Amanda, ha provocado diversos daños de infraestructura física en viviendas, oficinas, escuelas, carreteras, calles, puentes, y otros, los cuales para su rehabilitación requerirán el tiempo adecuado en la medida que la situación climática lo permita; en consecuencia, muchos servidores públicos se verían imposibilitados de asistir a sus lugares de trabajo por lo que es procedente adoptar estas disposiciones legales que permitirán afrontar tal situación.
En ese sentido, la disposición emitida tiene a la base el artículo 84 de las Disposiciones Generales del Presupuesto, que habilita la suspensión de labores de los empleados de las instituciones del sector público y municipal, siempre que por la naturaleza del servicio que se presta no se considere vital para brindar el auxilio y la ayuda necesaria para superar las consecuencia de la situación climática. Los empleados públicos tendrán la remuneración ordinaria correspondiente durante el tiempo que dure la suspensión.
No estarán obligados a presentarse los empleados que sean mayores de sesenta años de edad, o que padezcan de enfermedades crónicas como: diabetes, hipertensión, o enfermedades inmune depresivas y mujeres embarazadas.
La prórroga de dicho decreto consiste además en suspender el plazo y celebración de audiencias de la jurisdicción penal común y jurisdicciones especializadas en materia penal.