Tras conocer el veto presidencial al Decreto Legislativo n.° 635, emitido el 30 de abril de 2020 y que contiene la «Ley Especial Transitoria para Facilitar la Presentación y Pago del Impuesto sobre la Renta, el Anticipo a Cuenta del Impuesto sobre la Renta y otras obligaciones formales”; los diputados de la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto evaluarán la posibilidad de ratificar la normativa de tal manera que los contribuyentes tengan como plazo el 30 de junio para presentar declaración de renta y pago del impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2019.
Según ese decreto, el plazo otorgado permitiría que los salvadoreños contaran con más tiempo para efectuar el pago de tributos sin recargos, multas o mora. La medida buscaba apoyar a todos los contribuyentes, personas naturales o jurídicas afectadas económicamente por el estado de emergencia a causa del COVID-19.
Con la medida que avaló el Legislativo a finales de abril, los medianos o clasificados como otros contribuyentes podrían solicitar pagos a plazos hasta en un máximo de siete cuotas y estarán exentas del pago de intereses, recargos y multas, y para los grandes contribuyentes serían pagos hasta de cuatro cuotas bajo las mismas condiciones. En el mes de junio, deberá efectuarse la primera cuota del 10% del impuesto liquidado para el caso de medianos contribuyentes y el 30% del impuesto líquido para los grandes contribuyentes.