- Con la finalidad de contrarrestar delitos de enriquecimiento ilícito por parte de funcionarios y empleados públicos, el Pleno Legislativo, durante el desarrollo de la sesión plenaria de este jueves, aprobó con 47 votos, la Ley de Probidad, la cual establece procedimientos para determinar el patrimonio de los empleados y funcionarios de gobierno que manejen fondos públicos, así como estipular sanciones administrativas a quienes la incumplan.La normativa deroga la actual Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos. Según el dictamen 20 favorable, de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, dicha normativa es obsoleta, de acuerdo a las exigencias del momento y de los parámetros internacionales.
La ley aprobada establece que se presumirá enriquecimiento ilícito cuando el aumento del capital del funcionario o empleado fuere mayor al que debió percibir legalmente en virtud de los sueldos y honorarios que haya recibido legítimamente durante la gestión de su cargo hasta el cese de sus funciones.
El diputado Jaime Valdez, del grupo parlamentario del FMLN, expresó que la legislación para el combate a la corrupción es todo un sistema que se ha venido desarrollando desde el 2009 con la aprobación de la Ley de Acceso a la Información Pública, las reformas a la Ley de Ética Gubernamental, Ley de Extinción de Dominio, reformas a la Ley de Lavado de Dinero y Activos, y “Hoy estamos dando otro paso importante con la aprobación de la Ley de Probidad, la cual otorga mayores facultades a los encargados de su aplicación. Estamos fortaleciendo la institucionalidad”, afirmó.
“La ley tiene alcances amplios, porque incorpora hasta a las sociedades de economías mixtas, así mismo se establecen funciones de la Sección de Probidad, de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), entre ellas, que se actué de oficio ante delitos de enriquecimiento ilícito”, externó el diputado del grupo parlamentario de GANA, Mario Tenorio, quien también señaló que en la construcción de la normativa participaron diputados de diferentes grupos parlamentarios, y esta se basó en dos propuestas, una elaborada por el equipo técnico de esta institución, y la otra por el equipo gestor, el cual fue integrado por instituciones privadas.
El diputado Antonio Almendáriz, del Grupo Parlamentario del PCN, también se refirió a las atribuciones de la Sección de Probidad. Explicó que “la sección investigará, durante el tiempo que considere necesario, la veracidad de los datos que el funcionario proporcione en las declaraciones patrimoniales. Con la aprobación de la Ley queremos abonar para que esta sea la que persiga la corrupción”, puntualizó.
Los grupos parlamentarios de ARENA y del PDC no acompañaron con sus votos la aprobación de la normativa de probidad, por considerar que la ley no contribuye a combatir la corrupción.
En relación a los aspectos sancionatorios de la ley, se establece que serán sancionados con multas desde dos a cuarenta salarios mínimos vigentes del sector comercio y servicios, los funcionarios que no presenten, en los plazos establecidos, la respectiva declaración patrimonial al inicio y cese de su gestión; y cuando el obligado no subsanare la declaración incompleta o inexacta, en tiempo y forma.
Asimismo, serán sancionadas todas las personas naturales y jurídicas que no proporcionen la información requerida por la Sección, a efecto de comprobar la veracidad de las declaraciones, así como los titulares y funcionarios obligados a proporcionar información institucional que incumplieren las obligaciones establecidas en la ley.
Mayra Escobar/Griselda López.
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