Elementos de seguridad podrán votar en sus sitios de trabajo - Periódico EL Pais

Elementos de seguridad podrán votar en sus sitios de trabajo

Elementos de seguridad podrán votar en sus sitios de trabajo

Agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), miembros de la  Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP) y de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), podrán votar en su lugar de trabajo sin descuidar las tareas de seguridad durante eventos electorales.

Así lo decidió la Comisión de Reformas Electorales en fortalecimiento a la democracia del país, durante sus reuniones de trabajo.

La comisión propuso garantizar que los agentes de seguridad ejerzan el derecho al voto en elecciones presidenciales y diputaciones al Parlamento Centroamericano (PARLACEN), aun cuando estén en tareas de seguridad durante las elecciones,  independientemente del domicilio que aparezca en su Documento Único de Identidad (DUI).

Para el caso de elecciones legislativas podrán ejercer el sufragio si su domicilio corresponde a la circunscripción departamental y para elecciones de alcaldes y Concejos Municipales, será posible emitir su voto, si el lugar de residencia corresponde a la circunscripción municipal en el que está destacado.

Además,  se emitió dictamen favorable orientado  a garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información financiera de los partidos políticos, la cual mandata a divulgar la identidad de los donantes de partidos y de candidatos no partidarios, en los sitios Web de los institutos y candidatos en mención, cuando una persona natural les financie, anualmente, montos a partir de cinco salarios mínimos, y de diecisiete  salarios mínimos en adelante cuando la donación provenga de personas jurídicas.

La información en referencia deberá  ser solicitada  por escrito a la unidad correspondiente, anexar identificación del solicitante, especificación de la información requerida y lugar o dirección electrónica para recibir notificaciones.

Así mismo, Asamblea Legislativa, incrementó el $114.28 de multa  para quienes se nieguen sin causa justificada a formar parte de los organismos electorales como: Junta Electoral Departamental (JED), Junta Electoral Municipal (JEM) y Junta Receptora de Votos (JRV), para los próximos comicios del 2018.

De no cancelar la multa en el plazo establecido, el involucrado podría ser sujeto por orden del Tribunal Supremo Electoral, de restricción migratoria así como de prohibiciones  de otra índole como emisión de antecedentes penales y policiales, reposición, renovación o modificación del documento único de identidad, refrenda de licencia de conducir, según estime conveniente, mientras no se cumpla con el pago de la sanción impuesta.

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