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El funcionario ocupará el cargo desde el 6 de enero de 2025 hasta el 5 de enero de 2028.
Para dar continuidad al trabajo efectivo que ha realizado la Fiscalía General de la República en los últimos tres años, la Asamblea Legislativa reeligió, con 57 votos, a Rodolfo Antonio Delgado Montes como fiscal general de la República para el periodo 2025-2028.
Delgado es abogado y desempeña el cargo desde 2021; su gestión terminará el próximo 5 de enero, por eso los legisladores lo reeligieron.
Entre las principales funciones que ejecuta el fiscal general está defender los intereses del Estado y de la sociedad, demandar y ser demandado en representación del Estado y dirigir la investigación del delito y en particular de los hechos criminales que han de someterse a la jurisdicción penal.
El presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, destacó la manera en que la Comisión Política, desde el periodo pasado, cambió la forma de realizar las elecciones de segundo grado.
El parlamentario recordó que los exfiscales generales cometieron actos de corrupción y que ocupaban la Fiscalía como un brazo político de los poderes fácticos del país.
“Ahora, (la elección) se hace con toda la transparencia que puede haber. Lo hacemos de cara a la población, con los medios de comunicación, se transmite por medios legislativos en redes sociales y señal abierta, se ha demostrado que las cosas se pueden hacer de una manera diferente”, afirmó.
Castro argumentó que la decisión de reelegir al actual fiscal se debe a que es la mejor propuesta, tomando en cuenta el trabajo que Delgado ha hecho desde que asumió el cargo.
Requisitos para ser fiscal general
Para ser fiscal general de la República se necesita:
- Ser salvadoreño
- Ser abogado de la República
- Tener más de 35 años
- Ser de estado seglar
- Tener notoria moralidad y competencia
- Haber servido en una Judicatura de Primera Instancia durante seis años o haber obtenido la autorización para ejercer la abogacía por lo menos ocho años antes de la elección
- Estar en el goce de los derechos ciudadanos y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño del cargo
- No tener causa penal pendiente o haber sido condenado por delito mediante sentencia firme