Dichas unidades tienen fundamento legal en los compromisos internacionales que El Salvador adquirió como Estado miembro de las Naciones Unidas, de acuerdo al dictamen correspondiente.
El Pleno Legislativo avaló una reforma a la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres (LIE), al incorporar el artículo 10-A, con lo cual quedará establecido en la normativa vigente la creación de Unidades Institucionales de Género.
Dichas unidades tienen fundamento legal en los compromisos internacionales que El Salvador adquirió como Estado miembro de las Naciones Unidas, de acuerdo al dictamen correspondiente.
Con la modificación el artículo 10-A quedará así: “Las instituciones de toda la administración pública deben crear las Unidades Institucionales de Género, organizadas con personal idóneo y con el presupuesto necesario para su funcionamiento. Sus principales funciones son promover, asesorar, monitorear y coordinar la implementación del principio de igualdad, equidad y no discriminación, así como velar por el cumplimiento de la normativa a favor de los derechos humanos de las mujeres, en las políticas, planes, programas, proyectos y acciones en la estructura organizacional de la institución, y en la prestación de los servicios que ofrecen a las personas usuarias”.
La LIE tiene como objeto crear las bases jurídicas explícitas que orientarán el diseño y ejecución de las políticas públicas que garantizarán la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres, sin ningún tipo de discriminación, en el ejercicio y goce de los derechos consagrados legalmente.