El pasado día 26 de julio del año en curso, la Sala de lo Constitucional, ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) la cancelación de los partidos:Fraternidad Patriota Salvadoreña -FPS,Partido Salvadoreño Progresista-PSP, Cambio Democratico – CD, y Partido Social Democrata PSD, basados en el artículo 47 de la Ley que los regula.
Las resoluciones fueron publicadas por el TSE, detallando que el FPS únicamente obtuvo un total de20,026.05319 votos válidos, en las pasadas elecciones del 04 de marzo, es decir que no logró los 50 votos.
Mientras que el FPS, no obtuvo presentación legislativa, es decir no alcanzo al menos un diputado para la Asamblea Legislativa.
Horas más tarde el representante del partido FPS, se pronunció contra la cancelación del partido, explicando que el FPS gano una municipalidad en el departamento de Ahuachapán, por lo que dicha cancelación dejaría en el limbo juridico la alcaldía de San Lorenzo.
Además el PSP, fue cancelado debido a que desde su inscripción no ha participado en las elecciones de diputados.
Para la resolución se tomó en cuenta el literal del articulo 47 de la ley de partidos políticos que hace referencia a la cancelación del partido cuando este no participa en dos elecciones consecutivas.
Mientras que el CD, fue cancelado al corroborar los resultados de las elecciones legislativas del 01 de marzo de 2015, quien también no alcanzó los 50 mil votos a su favor y no logró representación en la AL.
El PSD, fue cancelado por la misma razón, al no obtener los 50 mil votos requeridos en las elecciones, ya que este solo alcanzó 15,798.57595.