Para transparentar los controles tributarios en facturas, los diputados reformaron el Código Tributario que establecía que se debía exigir documentación cuando se hacían pagos por sumas iguales o superiores a los $200.
Con 61 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa reformaron el Código Tributario para establecer requisitos de identificación de contribuyentes que faciliten y equiparen la aplicación de las diferentes modalidades de facturación y, a la vez, instaurar controles tributarios efectivos y transparentes.
Las enmiendas contemplan modificaciones al artículo 114 que indica que, cuando el valor de la operación superaba o era igual a $200, se debía establecer en la factura original los nombres, firmas y número de Documento Único de Identidad (DUI) de la persona que entregaba y de la que recibía el documento.
Con las modificaciones aprobadas ahora, este proceso se realizará únicamente cuando el monto sea mayor a $25 mil. Además, cuando la factura deba ser utilizada para documentar deducciones de costos o gastos se deberá hacer constar el número de identificación tributaria o número de DUI de tales adquirentes o prestatarios, según el caso.