Reformas a la Ley de telecomunicaciones garantizarán los derechos de usuarios de telefonías - Periódico EL Pais

Reformas a la Ley de telecomunicaciones garantizarán los derechos de usuarios de telefonías

Reformas a la Ley de telecomunicaciones garantizarán los derechos de usuarios de telefonías

La Comisión de Economía dictaminó favorable las enmiendas a esa normativa que serían conocidas por el Pleno la próxima semana. “Esta es una buena noticia para los usuarios…todos los que tienen un servicio móvil o fijo, prepago o pos pago, cable o internet. No les podrán cobrar por un servicio que no recibieron ni alterar sus contratos”, subrayó la presidenta, diputada Margarita Escobar (ARENA).

 

Diputadas y diputados de la Comisión de Economía finalizaron el análisis de un pliego de reformas a la Ley de Telecomunicaciones cuyo propósito es garantizar los derechos de los usuarios de los servicios de telefonía. El dictamen favorable sobre estas reformas podría ser conocido en sesión plenaria la próxima semana.

En la reunión de este martes se acordó la redacción del artículo 98 referente a las soluciones de los reclamos de los usuarios de servicios telefónicos. En el mismo se establece que el operador deberá resolver de manera gratuita y en un plazo máximo de cinco días hábiles sobre los reclamos de los usuarios del servicio telefónico fijo o móvil.

Se detalla las causas por las que los clientes de estas empresas podrán interponer un reclamo, entre estas de facturación, cobros y cargos que el usuario desconoce, cobros por servicios adicionales que el usuario no ha contratado, falta de información, detalle o desglose de los cargos facturados y de los descuentos por servicios no prestados; e incumplimiento en la entrega de forma física o electrónica en el lugar o en el medio establecido por el usuario.

Igualmente, se podrán hacer reclamos por incumplimiento del plazo para la activación o instalación del servicio, suspensión o corte del servicio sin causa justificada, en este caso el plazo para resolver el reclamo y reestablecer el servicio no podrá exceder las 24 horas.

Se adicionó un artículo 98 A sobre el derecho de los clientes a una compensación automática por corte de servicio, referente a que cuando sean afectados por interrupción, suspensión o corte injustificado total o parcial,  deberán ser compensados por el operador sin necesidad de interponer un reclamo, lo cual deberá ser similar al servicio no brindado o mediante un descuento en la próxima factura en el caso de modalidad de pos pago, y aplicar la acreditación de saldo en un plazo máximo de cinco o diez días hábiles en la modalidad de prepago.

La presidenta de la comisión, diputada Margarita Escobar (ARENA), subrayó que las reformas gozan del consenso de todos los grupos parlamentarios y tienen la sostenibilidad técnica que dará certeza jurídica a los usuarios de telefonía. Se amplía la gama de derechos del usuario y se tipifican y se ponen sanciones por el incumplimiento de estos.

“Esta es una buena noticia para los usuarios de las telefonías, todos los que tienen un servicio móvil o fijo, prepago o pos pago, cable o internet. No les podrán cobrar por un servicio que no recibieron ni alterar sus contratos, tendrán derecho a que les informen de los saldos que quedan de un mes a otro y a que se les pueda resolver sus reclamos en un máximo de cinco días, habrá una línea gratuita para presentar reclamos, los contratos que firmen podrán ser de tres, seis o de doce meses, existirá la libertad de contratación”, expuso la parlamentaria.

También esta mesa legislativa mantiene el análisis de las propuestas de reformas a la Ley de Protección al Consumidor, en la cual se establecerá un apartado sobre la protección al usuario de los servicios de telecomunicaciones. La revisión de estas iniciativas continuará en la próxima sesión de trabajo, indicaron.

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