Normas de Fondos de Inversión entraron en vigencia el 3 de octubre de 2016 - Periódico EL Pais

Normas de Fondos de Inversión entraron en vigencia el 3 de octubre de 2016

Normas de Fondos de Inversión entraron en vigencia el 3 de octubre de 2016

El Banco Central de Reserva de El Salvador, como parte de su función de regulador del sistema financiero, a través de su Comité de Normas, aprobó una serie de normas técnicas encaminadas a facilitar la aplicación de la Ley de Fondos de Inversión en El Salvador, informó la Institución.

En sus Sesiones Nos. CN-08/2016 y CN-09/2016, celebradas en septiembre de 2016, aprobó tres nuevas normas referentes a la figura de Agentes Especializados en Valuación de Valores, Comercialización de Cuotas de Participación de Fondos de Inversión Abiertos y Cálculo del Valor de la Cuota de Participación, dichas normativas entraron en vigencia a partir del 3 de octubre de 2016.

La fuente indicó que con estas últimas 3 normas aprobadas, el Comité de Normas completa la aprobación de un bloque de 9 normas que posibilitan el inicio de operaciones de la nueva figura de Fondos de Inversión Financieros en El Salvador, permitiendo entre otras cosas la constitución de las Gestoras de Fondos de Inversión, su inicio de operaciones, así como la constitución y registro de los Fondos de Inversión Financieros Locales.

El marco normativo que permite el inicio de operaciones de la nueva figura de Fondos de Inversión Financieros, posibilitará la ampliación del abanico de alternativas de inversión a la población salvadoreña, ya que con este tipo de regulaciones se brinda confianza a los participantes en los Fondos de Inversión, mediante el establecimiento de procedimientos claros y transparentes en el desarrollo de las operaciones relacionadas a los Fondos.
Detalle de las Normativas autorizadas que apoyan a los Fondos de Inversión:

Las Normas Técnicas para la Autorización de Constitución, Inicio de Operaciones, Registro y Gestión de Operaciones de las Gestoras de Fondos de Inversión (NDMC-02), regulan los requisitos y el proceso para la autorización de constitución de Sociedades Gestoras de Fondos de Inversión, conforme a la Ley de Fondos de Inversión, su inicio de operaciones y registro en la Superintendencia del Sistema Financiero; así como disposiciones aplicables a las operaciones que realicen.

Las Normas Técnicas para la Autorización y Registro de los Administradores de Inversiones de los Fondos de Inversión (NDMC-03), establecen los requisitos que deben cumplir las personas naturales que trabajen para una Gestora de Fondos de Inversión, para efectos de desempeñarse como administradores de inversiones de los Fondos de Inversión, así como su autorización e inscripción en el Registro correspondiente de la Superintendencia del Sistema Financiero.

El Manual de Contabilidad para las Gestoras de Fondos de Inversión (NDMC-04) y el Manual de Contabilidad para Fondos de Inversión (NDMC-08), comprenden las disposiciones y principios contables de aplicación general para el reconocimiento, medición, presentación y revelación de las operaciones de las Gestoras de Fondos de Inversión y Fondos de Inversión respectivamente.

Las Normas Técnicas para la Autorización, Registro y Funcionamiento de Fondos de Inversión (NDMC-06), desarrollan las disposiciones legales aplicables para asentar los Fondos de Inversión Financieros en el Registro Público Bursátil de la Superintendencia del Sistema Financiero, así como para el funcionamiento de los mismos, incluyendo disposiciones para la presentación de solicitudes de autorización, de los reglamentos internos y de los prospectos de colocación.

Las Normas Técnicas para las Inversiones de los Fondos de Inversión (NDMC-07), establecen los lineamientos respecto a las inversiones que se realicen con recursos de los Fondos de Inversión Financieros, con el objeto de obtener una adecuada rentabilidad, en función del nivel de riesgo del Fondo, requerimientos de liquidez, diversificación y límites definidos en la política de inversión según la naturaleza del Fondo, de acuerdo a su Reglamento Interno y en concordancia con lo dispuesto en la Ley de Fondos de Inversión.

Las Normas Técnicas para Agentes Especializados en Valuación de Valores (NDMC-09), establecen los requisitos mínimos que debe cumplir todo interesado en brindar el servicio de cálculo, determinación y suministro de información sobre precios de los valores negociados en el sistema financiero. Su principal beneficio radica en la generación de información confiable y oportuna sobre el precio que permite obtener una valoración acorde a las condiciones diarias del mercado.

Las Normas Técnicas para la Comercialización de Cuotas de Participación de Fondos de Inversión Abiertos (NDMC-10), establecen los requisitos mínimos que deben atender todos los participantes en la nueva figura de Fondos de Inversión interesados en comercializar cuotas de participación de fondos abiertos locales, sobre su autorización, funcionamiento, contenido mínimo del contrato de comercialización, responsabilidades y actos no permitidos en la prestación del servicio de comercialización. Con estas normas se brinda confianza a los inversionistas en cuanto a que el servicio de comercialización se realice de manera ordena, transparente y de acuerdo a lo establecido en las leyes vigentes.

Las Normas Técnicas para el Cálculo del Valor de la Cuota y Asignación de Cuotas de Participación de los Fondos de Inversión (NDMC-11), establecen los requisitos mínimos que deben ser atendidos para valorar diariamente los fondos de inversión, determinación del valor diario de la cuota de participación y forma de asignación del valor de la cuota de participación. El beneficio principal de dichas normas es sobre la claridad y confianza que se otorga a los inversionistas sobre el valor diario de su inversión en cada fondo de inversión, así como también la certeza sobre el valor de la cuota de participación para el ingreso o la salida en cualquier momento de un fondo de inversión abierto.

Finalmente, este conjunto de normas técnicas han sido elaboradas considerando las mejores prácticas internacionales recogidas en principios de regulación aceptados internacionalmente. Así como también regulaciones vigentes en mercados internacionales con un mayor desarrollo en la figura de Fondos de Inversión, con la finalidad de asegurar la tranquilidad y confianza de los participantes en esta nueva figura.
San Salvador, 30 de septiembre de 2016.

Deja una respuesta