Multas de $300 impondrán por no asentar y remitir partidas de defunción para depurar padrón electoral - Periódico EL Pais

Multas de $300 impondrán por no asentar y remitir partidas de defunción para depurar padrón electoral

Multas de $300 impondrán por no asentar y remitir partidas de defunción para depurar padrón electoral

Una vez la información llegue al Tribunal Supremo Electoral, el registrador electoral deberá proceder a actualizar el registro; según la modificación, quien incumpla los plazos y obligaciones, será castigado con una multa de un salario mínimo vigente del sector comercio o servicio.

Con el propósito de dar cumplimiento a los procesos para depurar de forma efectiva el padrón electoral, los diputados durante la sesión plenaria de este jueves reformaron el Código Electoral, en sus artículos 28, 29, 30 y 253, estableciendo la obligatoriedad que los funcionarios correspondientes tienen para asentar las partidas de defunción y enviarlas en los 15 días siguientes al Tribunal Supremo Electoral (TSE).

 De igual manera, toda sentencia ejecutoriada que pronuncien los tribunales comunes y que afecten los derechos políticos del ciudadano o ciudadana, se deberá remitir la certificación al tribunal, en los 15 días hábiles siguientes.

 Una vez la información llegue al TSE, el registrador electoral deberá proceder a actualizar el registro; según la modificación, quien incumpla los plazos y obligaciones, será castigado con una multa de un salario mínimo vigente del sector comercio o servicio.

En su momento, el presidente de la Comisión de Reformas Electorales y Constitucionales, diputado René Portillo Cuadra (ARENA), expuso que “se trata de disposiciones importantes pues obliga a las alcaldías a enviar en 15 días hábiles, la información de las defunciones pero también cualquier información que altere datos del votante”.

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