Menor sancionado con 12 años de Internamiento por homicidio en Santa Ana - Periódico EL Pais

Menor sancionado con 12 años de Internamiento por homicidio en Santa Ana

Menor sancionado con 12 años de Internamiento por homicidio en Santa Ana

Fiscales de la Unidad Penal Juvenil  de la oficina de Santa Ana, obtuvieron la pena de 15 años de Internamiento, contra un pandillero que fue encontrado responsable del delito de Homicidio Agravado y Organizaciones Terroristas, en perjuicio de José Daniel Segura Calderón, alias “Molinero”, hecho ocurrido el 25 de Julio de 2014, en la colonia La Mielera, de la jurisdicción de Chalchuapa.

El jefe de esta sede fiscal, Carlos Herrera, identifico al adolescente de 17 años de edad, como Iván N., miembro activo de la pandilla 18 Sureños, de la Clica Hoover Catos Locos Sureños (HCLS), que opera en el municipio de Chalchuapa, departamento de Santa Ana.

Durante la vista de la causa, instalada en el Juzgado Primero de Menores de Santa Ana, el 31 de mayo de 2017, la representación Fiscal con pruebas pericial, documental y la declaración del testigo protegido de clave “Francia”; logró establecer la participación del adolescente en los dos delitos que se le atribuyeron; después de los alegatos, el juez dio validez a las pruebas presentadas, sancionado al imputado con 15 años de internamiento, los cuales cumplirá en el centro de menores El Espino, en Ahuachapán.

Consta en el expediente Fiscal, que el 23 de julio de 2014, el testigo criteriado clave “Francia”, junto a otros pandilleros de la 18, se encontraban reunidos, en colonia Libertad, de la jurisdicción de Chalchuapa, planificando  como terminar con la vida de José Daniel Segura Calderón, alias el “Molinero”, debido a que él proporcionaba información a la Mara Salvatrucha, para lo cual lo tenían vigilado desde hace  tres días; fue en el momento cuando la víctima abría su negocio que llegan pandilleros de la 18 y con armas de fuegos le dan la muerte.

En relación a las organizaciones terroristas, esta se estableció plenamente por con la declaración del testigo protegido, quien proporciona información sobre la función de la estructura criminal, así como el testimonio del perito, que realizó los análisis de los grafitis y su interpretación sobre el lenguaje utilizado por las maras o pandillas y su organización de naturaleza criminal.

Fuente: FGR

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