PROPUESTA DE LEY ANTI PANDILLAS CONTEMPLA LA PROHIBICION DE TODA AQUELLA ASOCIACION O AGRUPACION ILICITA COMO MARAS, SOMBRA NEGRA ETC. - Periódico EL Pais

PROPUESTA DE LEY ANTI PANDILLAS CONTEMPLA LA PROHIBICION DE TODA AQUELLA ASOCIACION O AGRUPACION ILICITA COMO MARAS, SOMBRA NEGRA ETC.

San Salvador, 31 de agosto de 2010. El Grupo Parlamentario de GANA logró impulsar el consenso en la reunión de esta mañana entre la Comisión de Seguridad y el ministro de Justicia y Seguridad Pública, Manuel Melgar, pues de acuerdo al Diputado y Vicepresidente de la Asamblea Legislativa, Guillermo Gallegos, en lo que respecta a la propuesta de Ley de proscripción de pandillas o maras se eliminaría la frase «grupos de exterminio» y tal como lo sugirió Melgar se mencionará a la «Sombra Negra» como ejemplo de «otras asociaciones o agrupaciones ilícitas».

«No precisamente quedará grupos de exterminio» -como inicialmente se puso en el anteproyecto -dijo el Diputado Gallegos, tras salir brevemente de la «encerrona» que desde las 9:00 de la mañana hasta cerca del mediodía, mantuvieron los legisladores en una sala del segundo nivel del Palacio Legislativo.

Enseguida, el Diputado por el Departamento de San Salvador reiteró que «la palabra clave que hemos encontrado para poder declarar y proscribir a las maras es que estas quedan prohibidas y aquellas otras asociaciones o agrupaciones ilícitas, tales como la Sombra Negra que quedarán regulados también en el Artículo 345 (del Código Penal)».

Debido a los avances con respecto a esta nueva Ley contra la delincuencia, el Diputado Gallegos adelantó que para mañana sí se aprobaría en el pleno legislativo la Ley Antipandillas, con el aporte de los 13 votos de la Gran Alianza por la Unidad Nacional, que en reiteradas ocasiones ha hecho sus propuestas para el combate de la ola criminal que abate al país.

Atienden sugerencia de Melgar

Gallegos calificó de fructífira la reunión con el titular de Seguridad Pública, pues fue este último quien pidió que se incluyera el calificativo de Sombra Negra como asociación o agrupación ilícita, «para que quede ejemplificado a que asociaciones o agrupaciones se refiere».

No obstante, el dirigente de GANA enfatizó que el grupo de exterminio no va como tal sino como agrupaciones o asociaciones ilícitas.

Sin embargo, aunque explícitamente en la nueva Ley no iría estampada la frase «grupos de exterminio», el Diputado Gallegos agregó que «no puede ir esta Ley sin la reforma al 345 donde posiblemente (sí) aparezcan grupos de exterminio».

ACUERDO EN LA MAYORIA DE ARTICULOS

DEL PROYECTO DE LEY DE ANTIPANDILLAS.

Once de los doce artículos que contiene el Proyecto de Ley de  Proscripción de Maras, Pandillas y Grupos de Exterminio,   fueron revisados y aprobados este día en consenso por los Diputados de la Comisión de Seguridad Publica y Combate a la Narcoactividad, antes de ser sometidos a la aprobación en Sesión Plenaria.

El articulo uno,  fue el único que seguirá en estudio. Este  se refiere al objeto de la ley  y la definición de las agrupaciones denominadas como maras, la conducta de estas  y los ilícitos en que incurren.  “Debe haber una armonía en estos conceptos con el artículo 345 del Código Penal,  ya que especifica estas agrupaciones, u organizaciones delictivas”, declaro el Diputado Arístides Valencia del Grupo Parlamentario del FMLN.

“Lo más importante es que la redacción de este articulado no describa lo que otras leyes afines decretan en la penalización de delitos, no podemos legislar sobre una ley que ya está en vigencia”, declaro el Diputado Ernesto Angulo del Grupo Parlamentario de ARENA.

Asimismo el artículo 345 del Código Penal, también será analizado conjuntamente con el artículo 1 del proyecto de Ley para armonización. “Si encontramos consensó en estos días estaríamos introduciéndolo por modificación de agenda, en la Sesión Plenaria de este jueves”, declaró el Diputado Antonio Almendáriz.

   Alba de Leiva.

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