La Asamblea Legislativa aprobó con 82 votos, reformas al Código de Trabajo, a la Ley de Servicio Civil y a la Ley de Vacaciones y Asuetos, con el propósito de garantizar 6 meses de estabilidad laboral a las mujeres trabajadoras luego de su licencia posnatal (4 meses).
Se trata de reformas encaminadas a prohibir a la empresa privada, municipal y pública el despido de las empleadas. Su incumplimiento conllevará a la imposición de multas de 3 a 6 salarios mínimos vigentes en el sector comercio y servicios.
El decreto sometido a discusión del Pleno recoge la intención de los diputados y diputadas que representan a los distintos institutos políticos, de “incluir disposiciones que amplíen la protección que tienen las madres trabajadoras contra el despido, más allá de la etapa de la licencia por maternidad”, establece la disposición.
La diputada Silvia Ostorga (ARENA) ,Presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, saludó a las mujeres presentes y dijo: “Me siento muy contenta y muy complacida de este dictamen favorable que vendrá a beneficiar a esas mujeres que después de la etapa posparto regresan a su trabajo y hoy se le da esa tranquilidad…”
Eileen Romero (PCN) consideró como “una nueva victoria de la mujer, madre y trabajadora y felicitó a todas las fracciones por este nuevo dictamen en el área laboral”.
El Grupo Parlamentario del FMLN a través del diputado Daniel Reyes dijo: “Queremos celebrar tan importantes reformas en beneficio de la mujer trabajadora a quien se le va otorgar un derecho que se ha omitido desde 1983 cuando se dio nuestra Constitución de la República”.
De igual forma la bancada de GANA y PDC por medio de sus diputados Lorenzo Rivas y Arnoldo Marín, respectivamente hicieron referencia a tan importante avance adoptado con dicha reforma, aunque coincidieron en señalar que aún hay mucho que hacer en materia laboral para favorecer a las trabajadoras.
Reformas aprobadas
El Código de trabajo es el que armoniza las relaciones entre patronos y trabajadores, estableciendo sus derechos y obligaciones, en el artículo 113, que se refiere a la protección de la mujer desde el inicio del embarazo hasta que concluya la licencia maternal.
La Ley del Servicio Civil tiene como objetivo regular las relaciones del Estado y el municipio con sus servidores públicos y la modificación se aplica al artículo 29, que determina los derechos de funcionarios y empleados comprendidos en la carrera administrativa y protegidos por esta ley
Se adiciona el literal “m” que destaca los beneficios del periodo de ampliación de la garantía laboral. Asimismo un artículo 29-A que señala la garantía laboral por 6 meses, que no será impedimento para que la madre trabajadora por decisión voluntaria renuncie a su trabajo.
Además se agrega que “el incumplimiento por parte del empleador de la ampliación de la garantía de estabilidad laboral, seirá sancionado con multa de tres a seis salarios mínimos mensuales vigentes del sector comercio y servicio. Lo anterior, sin perjuicio de los derechos reconocidos en esta ley a la empleada embarazada”.
La modificación de la Ley de Asueto, Vacaciones y Licencias para los Empleados Públicos establece los días de asuetos y vacaciones, así como las causales de licencias para los empleados públicos es aplicada al artículo 9, concerniente a la licencia por maternidad.
Fuente: Asamblea Legislativa