Endurecen penas de prisión para personas que incurran en el tráfico ilegal de connacionales, extranjeros y menores de edad - Periódico EL Pais

Endurecen penas de prisión para personas que incurran en el tráfico ilegal de connacionales, extranjeros y menores de edad

Endurecen penas de prisión para personas que incurran en el tráfico ilegal de connacionales, extranjeros y menores de edad

Durante la Sesión Plenaria de este miércoles, las diputadas y diputados autorizaron reformar el Código Penal en su artículo 367-A, a fin de sancionar con mayor firmeza a quienes estén involucrados en el tráfico ilegal de personas nacionales, extranjeras y menores de edad o con discapacidad física, sicosocial, intelectual, sensorial, ciegas y sordas.

Con ello, las penas de prisión se aumentan de 6 a 10 años para quienes trafiquen nacionales y extranjeros, y para los que trafiquen menores de edad o con discapacidad física, sicosocial, intelectual, sensorial, ciegas y sordas, indistintamente de la edad de estos últimos, la sanción será de 8 a 12 años de cárcel, la cual también aplicará si el autor del delito es funcionario, empleado público y agente de autoridad.

En este último precepto también se incluye a personas que con documentos públicos o auténticas de identidad de otra persona y documentos de viajes falsos, saquen del país a connacionales o extranjeros. En caso de que los sujetos sufran de privación de libertad en el extranjero y fueren víctimas de delitos de cualquier orden o fallecieren por causas violentas o de naturaleza culposa, la pena se incrementará a dos terceras partes.

Actualmente el Código Penal plantea que el castigo para los involucrados en el tráfico ilegal de personas sea de 4 a 8 años.

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