Diputados aprueban reformas a Ley de Pensiones - Periódico EL Pais

Diputados aprueban reformas a Ley de Pensiones

Diputados aprueban reformas a Ley de Pensiones

Tras varias reuniones de los grupos parlamentarios que conforman la comisión, la Asamblea Legislativa, aprobó las reformas a la Ley de Ahorro para Pensiones.

Luego de que la Comisión Ad Hoc. analizara varias propuestas del tema, para poder emitir un dictamen favorable sobre el contenido, fue sometido a votación por el Pleno Legislativo, donde  74 de los 84 legisladores de la Asamblea Legislativa, dieron su voto para que las enmiendas pudiesen ser aprobadas, la madrugada del miércoles 28 de septiembre del año en curso.

El acuerdo se explica que las enmiendas a la Ley de Pensiones, están orientadas a armonizar la legislación vigente con la evolución del Sistema Previsional, esto con el objetivo de maximizar los derechos de los afiliados y sus beneficiarios para mejorar la cobertura longevidad a los trabajadores, garantizando así pensiones vitalicias y estables.

Los legisladores pactaron en un Decreto la devolución de las cotizaciones (a todos aquellos que hayan aportado” a una Cuenta de Garantía Solidaria y ajustadas por la variación de Precios al Consumidor.

¿Qué es la Cuenta de Garantía Solidaria? Esta, es un fondo creado con el 5% de las aportaciones de los empleadores y trabajadores, el cual se destinara a los empleados luego de su jubilación.

Así mismo se detalla la disminución en el cobro de comisiones por parte de las AFP’s, este será de 2.20 % a 1.9% del Ingreso Base de Cotización; la eliminación de comisiones por cuentas inactivas y de las cobradas, reducción por renta programada, de 1.5 % al 1%.

También se estableció un “limité a la Garantía del Estado con la Cuenta de Garantía Solidaria, únicamente para pensiones mínimas de afiliados”; además del acuerdo de trabajadores que hayan recibido la devolución de saldo de su Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones, “puedan cotizar voluntariamente al Régimen de Enfermedad, Maternidad y Riesgos Profesionales” del Seguro Social.

En la plenaria se decidió que el ingreso base de cotización de los trabajadores, sea de 7.25 por ciento, y de los empleadores, de 7.75 por ciento; un 1.9 por ciento del Ingreso Base de Cotización será destinado al pago del contrato del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y a la cancelación de una comisión a las AFP´s, “por la administración de las cuentas individuales de ahorro para pensiones”, otro 2.0 por ciento del Ingreso Base de Cotización será utilizado como “aporte para los beneficios de longevidad del afiliado, el cual se destinará a la Cuenta de Garantía Solidaria”, se señala en el documento.

Los afiliados que hayan aportado a la Cuenta de Garantía Solidaria, recibirán seguro por longevidad, por vejez, invalidez y sobrevivencia, pensiones de sobrevivencia o devolución de aportes.

Los trabajadores que accedan a pensiones por vejez, “trasladarán su cuenta individual de ahorro para pensiones, al Fondo Especial de Retiro, a la fecha en que inicie el goce del beneficio”.

Aquellos afiliados que cumplan la edad legal para acceder a beneficios por vejez y registren tiempos de cotización comprendidos entre un mínimo de 10 años cotizados y un máximo de 20 años, podrán acceder a gozar de un Beneficio Económico Temporal y a una devolución de aportes realizado a la Cuenta de Garantía Solidaria”, se añade en el documento.

Es decir que la pensión mensual por invalidez total, “se determinará como un porcentaje del salario básico regulador en función del tiempo de servicio cotizado, otorgándose el 35 por ciento del mismo por los primeros 10 años cotizados e incrementándose en 1 por ciento por cada año de cotizaciones adicionales, hasta un techo de 55 por ciento del salario básico regulador”.

Estas disposiciones serán cumplidas “siempre que la pensión resultante no supere” un monto de $ 2000.00.

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