Centro de Estudios Jurídicos: Seguridad democrática y compra de aviones - Periódico EL Pais

Centro de Estudios Jurídicos: Seguridad democrática y compra de aviones

Centro de Estudios Jurídicos / Por el Imperio del Derecho
 
Comentamos la noticia propagada desde España y confirmada en el país de una posible compra a Brasil de un lote de diez aviones militares por un valor de cien millones de dólares, lo que ha generado polémica en círculos políticos y preocupación general.
 
Nos referimos en primer lugar al aspecto jurídico vinculado al Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica, que no se puede ignorar por tratarse de armamento de guerra. Destacamos que el 15 de diciembre de 1995 se firmó por los gobiernos de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá el referido Tratado en el ámbito del SICA, con el objeto de constituir un modelo de seguridad regional sustentado en un balance razonable de fuerzas militares, el cual comprende mecanismos de coordinación y cooperación a cargo de la llamada “Comisión de Seguridad” y prevé mantener un equilibrio de fuerzas militares y de seguridad pública, en el propósito de garantizar la paz. El Tratado establece líneas para la limitación y control de armamentos, así como un “Mecanismo Centroamericano de Información y Comunicación para la Seguridad”. El artículo 35 del mismo fija el compromiso de informar con carácter de secreto de Estado, a la Comisión de Seguridad, datos relativos al armamento y gastos militares. Precisamente es la Comisión de Seguridad, que encabezan los viceministros de Relaciones Exteriores y los de Defensa Nacional y Seguridad Pública, la que constata la información proporcionada en cuanto a los armamentos, de manera que se conoce cómo estamos unos y otros. En consecuencia, corresponderá considerar en ese nivel el tema de la adquisición de las aeronaves en el campo jurídico regional.
 
Pero además, lo concerniente a la capacidad bélica es un tema sensible en las relaciones internacionales del istmo centroamericano. Al respecto, es conocido que en la actualidad hay un nivel de desequilibrio, dado el superior poderío aéreo de Honduras con sus aviones de retropropulsión de combate F-15, lo cual justifica la idea de aumentar nuestro limitado poder defensivo aéreo, válida en la hipótesis propia de cualquier Estado Mayor. Los expertos militares sabrán si en el anunciado proyecto de compra existe una razón disuasiva o nada más una modernización de equipos vetustos; los expertos diplomáticos evaluarán otros potenciales efectos.
 
Se aduce que se trata de fortalecer el combate contra el narcotráfico, si bien el medio pareciera poco idóneo. Por ello se entiende como un gesto positivo hacia la Fuerza Armada. Es sabido que la institución militar se ha destacado por su fiel cumplimiento de los Acuerdos de Paz de 1992; además, su creciente rol en la lucha contra las pandillas y el control penitenciario gozan de apoyo ciudadano. Si se tratara de un mensaje político, la inversión no parece indispensable. Reflexionamos en necesidades básicas prevalecientes, tanto personales de los miembros del cuerpo militar, por ejemplo los ínfimos niveles salariales de la tropa, como institucionales, concernientes a las misiones de apoyo a la seguridad interna.
 
Opinamos que el crítico escenario económico del país no es propicio para tal inversión. El CEJ, sin color partidario, se dirige abiertamente al señor presidente: preocupa sobremanera la elevada deuda pública nacional, superior al 50% de los ingresos fiscales. Hay dificultades financieras acuciantes. Si es prioridad erradicar pandillas y enfrentar el narcotráfico, o mantener en buen curso la nave, se sugiere procurar la concertación con todas las fuerzas políticas y sociales; rescatar los lineamientos estratégicos del Consejo Económico y Social. Recomendamos una política de austeridad.
 
En suma, concordamos en que es justo y apropiado adoptar medidas efectivas de respaldo a la Fuerza Armada, pero estas deben tener en cuidadosa consideración las disponibilidades financieras presupuestarias y sugerimos como política crediticia nacional, restringir a lo absolutamente necesario el endeudamiento público

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