Artesanos pirotécnicos realizaran trámites con facilidad tras reformar ley - Periódico EL Pais

Artesanos pirotécnicos realizaran trámites con facilidad tras reformar ley

Artesanos pirotécnicos realizaran trámites con facilidad  tras reformar ley

Con el propósito de facilitar el trabajo y el acceso a los permisos y licencias sin que exista una afectación económica y dilatoria en el cumplimiento de requisitos, la Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley Especial para la Regulación y Control de las Actividades Relativas a la Pirotecnia, una medida que contribuirá a dinamizar la economía de ese sector.

Se reformó el numeral 4 del artículo 7, cuya nueva redacción quedó de la siguiente manera: 4.- “Licencia para persona artesana pirotécnica: autoriza a una persona natural  con conocimiento del oficio, para que elabore o realice, únicamente, mezclas píricas, de forma manual o creativa, con el fin de transformarlas en producto pirotécnico”

Mientras que el numeral 3 del artículo 11  e incorporación del numeral 7, reza así: 3.-“Permiso para comercializar: faculta a una persona natural o jurídica para ejercer en forma permanente, el comercio de producto pirotécnico, en locales y espacios públicos, previamente autorizados para ello, comprendiendo el almacenaje del mismo”.

7.-“Cuando la comercialización no exceda el plazo de noventa días continuos, como en el caso de las ventas colectivas, quioscos y salas de ventas temporales, la persona natural o jurídica deberá contar con la licencia correspondiente y ubicarse en lugares autorizados por las alcaldías municipales, previamente calificados por el Cuerpo de Bomberos”.

Entre los beneficios más importantes para el sector se encuentra el impuesto ad-valórem que facilita con una cuota del 10%, que anteriormente se le aplicaba a la Ley de Armas, Municiones, Explosivos Artículos y Similares que correspondía a un valor del 30% . Otro aspecto es que se han agregado algunas sustancias que no estaban contempladas dentro de la Ley, lo que amplía el mercado para su distribución y venta.

Son 12 reformas, que junto a los miembros de la Cámara Salvadoreña de Artesanos (CASART) las parlamentarias y los parlamentarios de la Comisión de Defensa, simplificaron los artículos de la Ley para que se legalice y operativice el desarrollo de las actividades de los artesanos.

Se ha reglamentado aspectos muy importantes como los lugares donde este sector puede laborar y además se evitará la participación de niños en esta actividad.

Con este aspecto se pretende que reduzcan los incidentes de esas coheterías clandestinas ya que se prevé disminuirlas con incentivos  y a través de la facilitación de toda la tramitología.

Se han agregado algunas sustancias que no estaban contempladas  como  la  dextrina, que es un almidón de papa que por no estar en el catálogo correspondiente, pero que sí se necesita para la actividad artesanal de la pirotecnia, y que también no podía estar siendo ingresada.

 

Deja una respuesta