Abogada Raquel Caballero es juramentada como Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos - Periódico EL Pais

Abogada Raquel Caballero es juramentada como Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos

Abogada Raquel Caballero es juramentada como Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos

La noche del 22 de Septiembre del 2016,  la Asamblea Legislativa eligió, por votación nominal y pública, a la abogada Raquel Caballero de Guevara como titular de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), dicha institución fue creada en virtud de las reformas a la Constitución de la República promulgadas como consecuencia de los Acuerdos de Paz, y tiene como mandato velar por el respeto y la garantía a los Derechos Humanos.

Luego de ser juramentada por la presidenta de la Asamblea Legislativa, Lorena Peña Mendoza, la nueva titular de la PDDH puntualizó que durante su gestión la institución será transparente y abierta a la información que los ciudadanos y medios de comunicación requieran. “A partir del momento en que fui juramentada asumo el cargo con responsabilidad, conociendo el mandato de la Procuraduría y las 14 funciones que la Constitución me refiere con fiel compromiso a favor de las víctimas”, sostuvo Caballero de Guevara.

Las diputadas y diputados en Pleno coincidieron en que, es ella, quien reúne los requisitos conforme a la Ley de la PDDH en su artículo 5, en el cual se establece que para ser procurador o procuradora se requiere: Ser salvadoreño, del estado seglar, mayor de treinta y cinco años, con grado universitario, de reconocida trayectoria en la promoción, educación y defensa de los derechos humanos y con amplios conocimientos en ese campo, de moralidad y competencia notorias, estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo.

La profesional electa, durante el periodo de gestión -3 años que inicia hoy y finaliza el 21 de septiembre del 2019-, de acuerdo a sus funciones deberá, entre otros, investigar, de oficio o por denuncia que hubiere recibido, casos de violaciones a los derechos humanos, asistir a las víctimas de violaciones a los Derechos humanos, vigilar la situación de las personas privadas de su libertad y cuidar que sean respetados los límites legales de la detención administrativa.

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